El documento original se da por desaparecido, siendo la copia de Bernabé de Chaves en su obra "Apuntamiento Legal sobre el dominio solar... de la Orden de Santiago", fechada en torno a 1719, la más antigua de las que se tiene constancia.
En la imagen se reproduce el texto de Bernabé de Chaves, y bajo esta, una transcripción del mismo.
«Conocida cosa sea à quantos esta Cartan vieren, como nos Don Paez Pérez, por la Gracia de Dios, Maestre de la Orden de la Cavalleria de Santiago, con otorgamiento de nuestro Cabildo General, damos, y otorgamos à vos el Concejo de Segura, à buen fuero, è usos, à que fue poblada Sepulvega, y con terminos connombrados, assi como parte con su recinto, y como parte con Aracenas, y assi como parte con las cumbres, y como parte con la Orden del Temple, è dà en Àrdila, è de Àrdila arriba hasta en la Sierra de Santa Maria; y otrosi, como parte con Cala de los Crespos; y otrosi mandamos, que los Pueblos que fueren en el termino, que obedezcan a Segura; y otrosi mandamos, que todo vecino de Segura, que levalan fiadores, sino hiciere cosa, porque deba morir; y todo Vecino de Segura, que hiciere Casa tejada, o hiciere una aranzada de Viña, no peche por diez años; y todo Poblador, que viniere à poblar à Segura, no peche por diez años; y todo morador, que morare en la Villa sobredicha; pero que no haga Casa, ni Viña, no peche por tres años; y mandamos, que ayades un dia de Mercado à la semana, y sea Martes, y aquel día los que vinieren a Mercado no sea ningun ossado à le tomar portazgo; y mandamos, que los mensageros que fagan cabo do quisieren, y den la Veintena; è los que casaren nuevamente, no pechen por un año, y quien hobiere quatro fijos, ò fijas casadas, no pechen por su vida; y porque esta Carta no venga en duda, y sea mas firme, mandamosla sellar con nuestro Sello, con acuerdo del Cabildo, Era de 1312 años. Dada en Merida à 26 días del mes de Marzo; otrosi mandamos, que los Menestriles no pechen en su vida. E yo Estevan Lorenzo lo fice escrivir, por mandado del Maestre»